ACUERDO DE CONTRATISTA INDEPENDIENTE
Este Acuerdo de contratista independiente ('Acuerdo') se realiza a partir de este vie, 17, del mes de jul, 2026, (la 'Fecha Efectiva') por y entre USR-3 INC. ('Proveedor') y UNKNOWN COMPANY ('Contratista Independiente').
1. Servicios a Realizar
El Contratista Independiente acepta proporcionar mano de obra calificada en la construcción y otros deberes y tareas que puedan ser acordados por las Partes ('Servicios').
2. Pago
En consideración por los Servicios que serán prestados por el Contratista Independiente, el Proveedor acepta pagar al Contratista Independiente la compensación acordada.
3. Gastos
El Contratista Independiente será responsable de todos los gastos incurridos durante la prestación de los Servicios en virtud de este Acuerdo, incluido el suministro de herramientas manuales básicas y equipo de protección personal.
4. Estatus de Contratista Independiente
El Contratista Independiente es un contratista independiente y no es, para ningún propósito, un empleado del Proveedor... Nada de lo contenido en este Acuerdo será considerado o interpretado por las Partes para crear la relación de una sociedad, una empresa conjunta o cualquier otra relación fiduciaria.
El Proveedor, en nombre del Contratista Independiente, no deberá: Retener FICA (impuestos de Seguro Social y Medicare) o realizar pagos FICA...
El Contratista Independiente pagará todos los impuestos incurridos al realizar los Servicios en virtud de este Acuerdo...
5. Declaraciones y Garantías del Contratista Independiente
El Contratista Independiente declara y garantiza que tiene todas las licencias, permisos y registros necesarios...
6. Indemnización
El Contratista Independiente indemnizará y eximirá de responsabilidad al Proveedor de cualquier daño, reclamación, responsabilidad, pérdida y gasto...
7. Duración y Terminación del Acuerdo
Este acuerdo entrará en vigencia en la Fecha de entrada en vigencia después de ser firmado por ambas partes...
8. Disputas
Este Acuerdo se regirá exclusivamente por las leyes del Estado en el que el Contratista Independiente proporciona mano de obra...
9. Cesión y Delegación
El Contratista Independiente no puede ceder, transferir, vender o subcontratar ningún derecho...
EN FE DE LO CUAL, este Acuerdo ha sido ejecutado y entregado a partir de la fecha escrita anteriormente.